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    Los sujetos procesales frente al principio acusatorio.

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    Es preciso mencionar que México, adoptó desde el año 2004 en el Estado de Nuevo León, esto con la reforma constitucional que modifica entre otros artículos , el 20 constitucional, y 2008 a nivel Federal la entrada en vigencia del sistema acusatorio, sin embargo, para nadie escapa de la realidad, que un cambio de proceso, tiene que venir acompañado de medidas que vayan encaminadas a lograr una mejor eficacia ante los sujetos procesales que garanticen, la vigencia del principio acusatorio. De lo anterior, se propone un estudio a fondo que derivado del principio acusatorio de los sujetos procesales que participan en el sistema de justicia penal, para de ahí proponer, sugerir y concluir, descriptivamente, cuales son los planes del principio acusatorio durante el proceso. Frente a este argumento se describe la importancia del Sistema Procesal, desde la perspectiva del principio acusatorio, con ello los sujetos que intervienen en el proceso, y así lograr una mejor comprensión del funcionamiento de la justicia procesal penal, cuando es garantizada por un debido proceso, el respeto de los principios y garantías que lo rigen

    La investigación criminal en el desarrollo de la investigación penal

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    Este artículo nos presenta el resultado del análisis de la innovación que en nuestro ordenamiento penal colombiano se ha generado con la incursión y aplicabilidad en nuestro Estado social de Derecho del nuevo sistema penal acusatorio, para muchos es el paso a la celeridad, imparcialidad, inmediación y oralidad de nuestro sistema jurídico en el campo penal, para otros es la copia a la colombiana de otros sistemas orales de países con un desarrollo jurídico e investigativo más avanzado que el nuestro, pero sobre todo esta disertación pretende contribuirle al lector para que tenga una visión y comprensión más amplia del nuevo sistema penal acusatorio y del proceso investigativo criminal, haciendo referencia al conjunto de procedimientos técnicos, científicos e investigativos, que nos encaminan a la obtención de la verdad basada en el resultado de las investigaciones realizadas por las diferentes instituciones al servicio de nuestro poder judicia

    El ejercicio de los roles en el proceso penal El desarrollo de los derechos de los sujetos procesales y la materialización de la publicidad interna del proceso

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    39 p.Así como el principio de publicidad en el proceso penal cumple unas finalidades que se concretan en beneficio de los sujetos e intervinientes y a su vez en la sociedad, resultaría imperioso concretar los derechos y garantías que estos tienen en el interior del proceso, para comprender la forma en que opera su comunicación dentro del sistema procesal penal. Ello permitiría entender la trascendencia que tienen los derechos y las garantías a la hora de transmitir informaciones que provienen del escenario judicial y, en especial, el cuidado que debe tener el comunicador al divulgarlas para no frustrar los derechos fundamentales de los participantes.El papel de los derechos (derechos fundamentales y garantías) en el proceso penal Campos de aplicación de los derechos fundamentales y garantías en el sistema penal acusatorio Derechos y garantías de cada sujeto procesal Derechos, facultades y atribuciones de las partes e intervinientes en el proceso penal: fiscalía, defensa y víctimas Desarrollo jurispru dencial Fiscalía La defensa Víctimas La Procuraduría El jue

    Reconstruction of the accusatory system in the colombian military and police criminal justice system from 2005 to 2017

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    63 páginas.Esta investigación tiene como objetivo principal, describir el desarrollo normativo del sistema penal acusatorio en la Jurisdicción Militar y Policial, en los años 2005 al 2017. Se utiliza la metodología cualitativa, con enfoque teórico-analítico y modalidad documental, para explicar la evolución del procedimiento penal militar en la Constitución de 1991, examinar los motivos de expedición de la Ley 1407 de 2010 y reseñar las normas y decretos emitidos para la implementación del sistema acusatorio. Se evidenció la carencia de planeación legislativa y administrativa, al crear un procedimiento sin tener los órganos jurisdiccionales y recursos para su funcionamiento. Se concluye que el sistema penal acusatorio militar, se desarrolló normativamente pero no se ha implementado, conllevando que se aplique el procedimiento de la Ley 522 de 1999 en procesos adelantados por delitos cometidos en vigencia de la Ley 1407 de 2010, afectando el principio de legalidad contenido en el artículo 29 constitucional.Resumen .................................................................................................................................1 Introducción............................................................................................................................3 A. Sistema procesal penal en la jurisdicción penal militar y policial a partir de la expedición de la constitución de 1991 ......................................................................................................7 I. El fuero militar en el Estado social de derecho colombiano .......................................7 II. El proceso penal militar a partir de la Constitución Política de 1991 .......................13 B. Ley 1407 De 2010: Mediante la cual se introduce el sistema acusatorio en la Jurisdicción Penal Militar y Policial.........................................................................................................19 I. Motivos y trámite legislativo para la expedición de la Ley 1407 de 2010................20 II. Estructura de la Ley 1407 de 2010 ............................................................................36 C. Leyes y decretos expedidos para implementar el sistema penal acusatorio en la justicia penal militar y policial..........................................................................................................39 Conclusiones.........................................................................................................................53 Referencias ...........................................................................................................................56The main objective of this research is to describe the normative development of the accusatory penal system in the military and police jurisdiction in the years 2005 to 2017. The qualitative methodology was used, with theoretical analytical approach and documentary form for to explain the evolution of the military penal procedure in the Constitution of 1991, to examine the reasons for issue of the law 1407 of 2010 and to review the rules and issued decrees for implementation of accusatory penal system. There was evidence of lack of legislative and administrative planning by create a procedure without the courts and resources for its operation. It is concluded that the accusatory military penal system to developed normatively but not implemented, it bring to the application of the procedure of the law 522 of 1999 in proceedings brought forward for crimes committed under the law 1407 of 2010, It is affecting the principle of legality contained in Article 29 of the Constitution

    Aplicación del sistemismo a cuestiones específicas del proceso penal mexicano. el tema del principio acusatorio

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    La finalidad del presente trabajo es determinar si el "principio acusatorio" contenido en el proceso penal mexicano es suficiente para encuadrarlo dentro de los sistemas denominados acusatorios. Esto obedece a que no hay un referente puntual teórico ni práctico, para clasificarle como acusatorio o inquisitorio, con lo cual se origina confusión al momento de su sistematización. Para el estudio se empleó la teoría de sistemas autorreferenciales de Niklas Luhmann y su método funcional, llevándose a cabo una indagación documental mediante la observación de segundo orden, según lo propone dicho autor. Todo esto bajo una concepción epistemológica de índole constructivista. Mediante la observación efectuada se fijan los elementos sistémicos procesales, que son los órganos acusatorio, defensivo y decisorio. A partir de ello se logra la determinación operativa del sistema, apreciación de sus límites, entorno, sentido, contenido estructural, programa y autorreferencia. Sobre la operatividad, se encontra que la estructura sistémica, afectada por la división funcional de los organismos acusatorio y decisorio según el programa legal derivado de la normatividad relacionada, es un indicador suficiente para considerar que el sistema procesal penal mexicano, al ser autorreferente, actúa invariablemente en seguimiento de la directriz acusatoria, lo que permite estimarle un sistema acusatorio

    El sistema acusatorio oral en Costa Rica

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    Trabajo final de graduación de 175 páginas en formato pdfEl 1.° de enero de 1998 entra en vigencia el nuevo Código Procesal Penal, con lo cual se experimenta una de las reformas más importantes en materia de Administración de Justicia Penal, que implica el paso de un Sistema Procesal Inquisitivo a un Sistema Acusatorio que procura la adversarialidad entre partes. El antiguo Sistema Penal Inquisitivo se caracterizaba en que las funciones de investigar y juzgar se ejercían por el Juez de instrucción, el proceso era escrito y las diligencias de la investigación tales como declaraciones de testigos e informes, formaban un expediente, que era la materialización del debate. La transición de un Sistema Procesal Penal Inquisitivo a uno acusatorio, representa un cambio no solo en la ritualidad del proceso, sino fundamentalmente en la cultura e idiosincrasia jurídica costarricense, y obedece a la imperiosa necesidad de adecuar el juzgamiento penal, a los principios de un Estado democrático, y al requerimiento fundamental de dar contenido práctico a las garantías y derechos reconocidos a los ciudadanos. Sin embargo, muchos abogados, e incluso tal vez muchos de los legisladores que aprobaron la ley, concebían la formulación del nuevo Código Procesal Penal como una mejoría en los procedimientos y una forma de salvar las falencias que el antiguo Código de Procedimientos Penales presentaba, a saber, la dilación de los juicios, poca transparencia del sistema, y la sensación de una Justicia Penal que aportaba poco en términos de resultado.Universidad Estatal a Distancia de Costa Ric

    Principio de igualdad de armas en la Ley 906 de 2004: percepción de los defensores públicos de Cundinamarca

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    Artículo de investigaciónSe elaboró un estudio sobre el principio de igualdad de armas en el sistema penal acusatorio Colombiano, Ley 906/2004, contrastando la parte formal del principio y la aplicación en las diferentes etapas del proceso penal, eventualmente causando violación al Derecho Fundamental de defensa de los investigados que no cuentan con los recursos económicos para desvirtuar la teoría de la Fiscalía. Para el efecto se hizo uso de instrumentos metodológicos como encuestas y recopilación de información.1. NTRODUCCIÓN 2. ANTECEDENTES DEL PRINCIPIO DE IGUALDAD DE ARMAS 3. PRINCIPIOS DEL SISTEMA PENAL ACUSATORIO 4. PRINCIPIO DE IGUALDAD DE ARMAS 5. APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE IGUALDAD DE ARMAS POR PARTE DE LOS OPERADORES DESDE LA OPTICA DEL DEFENSOR PUBLICO DE CUNDINAMARCA 6. CONCLUSIONES 7. REFERENCIAS 8. ANEXOPregradoAbogad

    Reflexiones sobre manejo adecuado de cadena de custodia en nuevo proceso penal

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    EL ARTICULO DENOMINADO “REFLEXIONES SOBRE MANEJO ADECUADO DE CADENA DE CUSTODIA EN NUEVO PROCESO PENAL” ESTE TEMA ES MUY FUNDAMENTAL EN EL SISTEMA ACUSATORIO PORQUE EL NUEVO SISTEMA DE INVESTIGACIÓN Y JUZGAMIENTO DE LOS HECHOS ILÍCITOS DEBE REALIZARSE RESPETANDO EL DEBIDO PROCESO, LO QUE CONLLEVA EL RESPETO IRRESTRICTO A LAS GARANTÍAS FUNDAMENTALES DE TODA PERSONA SOMETIDO AL PROCESO PENAL, POR ELLO TIENE MUCHA IMPORTANCIA LOS MEDIOS PROBATORIOS Y VA DEPENDER DE ELLO EL ÉXITO DEL PROCESO PENAL

    Incorporación de prueba de oficio al proceso penal en el principio acusatorio en el distrito judicial de Lima Norte-2021

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    En la presente investigación se ha planteado como objetivo general analizar si la incorporación de prueba de oficio al proceso penal tiene repercusiones con el principio acusatorio, en el distrito judicial de Lima Norte-2021, la investigación se desarrolló mediante el enfoque cualitativo, tipo de estudio básico de diseño fenomenológico interpretativo, donde se analizó resultados de las entrevistas realizadas a seis especialistas en derecho penal y litigación oral, mediante el cual se obtuvieron resultados que han permitido fundamentar la presente investigación. Se tuvo a bien procesar la información mediante la triangulación, sometiendo a análisis las consideraciones del marco normativo respecto de la prueba de oficio, consideración doctrinales, jurisprudenciales, trabajos previos y sobre los puntos de vista de cada uno de los entrevistados las mimas que han permitido llegar a la conclusión que la incorporación de la prueba de oficio al proceso penal si tiene repercusiones con el principio acusatorio en el distrito judicial de Lima Norte-2021, por cuanto impulsar prueba de oficio en un sistema procesal penal acusatorio resulta un retroceso al sistema inquisitorial ya que se afectan principios procesales como la igualdad de armas y presunción de inocencia, más aún si se considera que el principio acusatorio es la columna vertebral del proceso penal peruan

    Nociones actuales del principio acusatorio en contraste con breves apuntes de un proceso de la baja edad media = General notions of the accusatory principle in contrast to brief notes of a process of the low average age

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    El presente trabajo puede resumirse en pocas palabras como un análisis conceptual, legal, doctrinal y jurisprudencial del principio acusatorio, teniendo en cuenta la dispersión normativa, así como conceptual existente. Se destacan las manifestaciones más relevantes del principio acusatorio y sus límites legales. Al hilo de este desarrollo, aprovecho el estudio de un proceso de corte inquisitivo Alto Medieval inédito para que resulte más gráfica la confrontación entre el proceso actual y el anterior sistema. Dado el rol histórico del sistema inquisitivo, resulta interesante la contrastación de su esquema procesal con vistas al futuro de dotar de mayor virtualidad al principio acusatorio en nuestro actual sistema. A pesar de la evidente evolución del sistema procesal acusatorio, la Ley continúa adoleciendo de defectos que nos recuerdan al proceso inquisitivo. En lo concerniente a los límites legales que encuentra el principio acusatorio en nuestro sistema, se ponen de relieve los diversos defectos de los que adolece aún el proceso, a fin de arrojar luz sobre las posibles medidas de las que puede valerse el legislador para encauzar nuestro sistema disipando las dudas de aquellos que afirman el acercamiento entre el sistema penal actual y el sistema inquisitiv
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